El lunes 29 de septiembre se realizó el seminario “Valoración de daños en Propiedad Intelectual: Tendencias en EE.UU. y Chile”, organizado por el Programa de Derecho, Ciencia y Tecnología UC junto con la Embajada de Estados Unidos en Chile. Se trató del segundo seminario que ambas instituciones desarrollan conjuntamente en esta materia.
La actividad, moderada por Matías Aránguiz, profesor de Derecho UC y director del Programa de Derecho, Ciencia y Tecnología UC, abordó desde perspectivas comparadas algunos criterios jurídicos y económicos utilizados para cuantificar daños en propiedad intelectual, los estándares probatorios aplicables en Estados Unidos y su contraste con la legislación chilena, así como los desafíos que genera la inteligencia artificial en derecho de autor y mercados digitales.
Claves del modelo estadounidense
La presentación inicial estuvo a cargo de Jennifer Vanderhart, Directora General en Secretariat (Washington D.C.) y doctora en Economía por Texas A&M University, experta en peritajes económicos de propiedad intelectual ante tribunales de EE.UU. y arbitrajes internacionales, quien presentó un panorama detallado sobre cómo se calculan y discuten los daños en litigios de propiedad intelectual en Estados Unidos.
Vanderhart explicó que el derecho estadounidense contempla distintos mecanismos compensatorios frente a la infracción de derechos de propiedad intelectual, tales como lucro cesante, regalía razonable y enriquecimiento injusto, además de destacar mecanismos específicos como la publicidad correctiva en casos de infracción marcaria, destinada a restituir la confianza de los consumidores.
Ilustró estos conceptos con ejemplos prácticos de su experiencia profesional, como el caso Cocomelon vs. BabyBus, relativo a la infracción de derechos de autor, donde un análisis econométrico (differences-in-differences) permitió estimar las visitas perdidas en YouTube y fundamentar una condena que incluyó US$ 4,5 millones por lucro cesante más enriquecimiento injusto.
También comentó un acuerdo aprobado en EE.UU. en el que se reconoció el “fair use” en el entrenamiento de modelos LLM con ciertos contenidos, aunque se impuso compensación por el uso de material pirateado.
Marco normativo chileno
Posteriormente, María Luisa Valdés, profesora de la Facultad de Derecho UC y directora del Diplomado en Propiedad Intelectual UC, revisó la evolución normativa chilena en materia de daños en propiedad intelectual.
Valdés advirtió que demandar por utilidades dejadas de percibir eleva la carga probatoria, por lo que en la práctica muchas acciones privilegian las utilidades del infractor o la licencia hipotética como herramientas para evitar el enriquecimiento injusto. También comentó algunos casos chilenos y su experiencia en materia de protección marcaria y transferencia tecnológica desde la marca UC.
Finalmente, Guillermo Carey, socio de Carey a cargo del Grupo de Propiedad Intelectual, Tecnologías de la Información y del área de Venture Capital & Private Equity, situó el debate en el cambio cultural iniciado con el Capítulo 17 del TLC Chile-EE.UU. y su énfasis en la protección de activos intangibles y datos.
En su intervención compartió criterios prácticos para litigar en casos que abordan estas materias e Ilustró con ejemplos en que se aplicó la Ley de Propiedad Intelectual con multas por infracción y tutela de derechos morales. Por otro lado, abordó la inteligencia artificial, anticipando que la expansión de la IA exigirá nuevos consensos sobre titularidad, novedad y cuantificación de daños.
La grabación del seminario se encuentra disponible en el canal de YouTube del Programa de Derecho, Ciencia y Tecnología UC.
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