Instalación del nuevo gobierno y el recambio de funcionarios públicos

Una sentencia de la Corte Suprema y el reciente perfeccionamiento al Sistema de Alta Dirección Pública son dos de los antecedentes que marcarán este proceso, hoy en curso. Sobre cómo los cambios de directivos y funcionarios afectan o no al aparato estatal y la necesidad de revisar las categorías del sistema -entre otros puntos-, conversaron con Prensa U. de Chile los académicos Ariel Ramírez, Claudio Moraga y Cristian Pliscoff. “Era algo que se veía venir. En algún momento la Corte Suprema iba a tener que pronunciarse sobre eso”, comenta el académico y vicedecano de la Facultad de Derecho, Claudio Moraga respecto a la sentencia de la Tercera Sala de dicho organismo que señala que un funcionario o funcionaria a contrata –mecanismo mediante el cual una persona tiene un vínculo renovable por periodos anuales en una repartición pública- genera una “relación indefinida” con el Estado, motivo por el cual no puede ser despedido arbitrariamente sino que deben entregarse fundamentos "de hecho y de derecho".
Si bien, agregó el académico, en esta materia queda “bastante para ser discutido”, la posibilidad de que algo así ocurriera tiene como antecedente una serie de dictámenes de la Contraloría General de la República al respecto, motivo por el cual esta “jurisprudencia nueva no debiera sorprender a nadie”.
A diez días del 11 de marzo, la instalación de las nuevas autoridades y sus equipos de confianza, como explicó el director de la Escuela de Gobierno y Gestión Pública del Instituto de Asuntos Públicos (INAP), Ariel Ramírez, “se está haciendo en forma gradual y demorará algunas semanas más”. La pregunta que queda abierta es cómo este nuevo marco impactará en los cambios a nivel de funcionarios públicos, a lo que se suma el perfeccionamiento del Sistema de Alta Dirección Pública que entró en vigor el 2017, que, entre otras modificaciones, limita la posibilidad de cambios por parte del Ejecutivo de los directivos de las diferentes reparticiones, dejando la posibilidad de modificar a discrecionalidad sólo 12 de los más de 180 servicios.
Una de las razones de esta última modificación legislativa, agregó el académico del INAP, Cristian Pliscoff, tiene que ver con lo que sucedió “cuando se hizo el proceso de cambio de Bachelet y Piñera y después entre Piñera y Bachelet, donde entre un 80 y el 85 por ciento de los altos directivos públicos fueron desvinculados en ambos momentos”.
Un escenario distinto
Viendo el proceso de instalación de nuevas autoridades de manera histórica, hoy –como señaló el profesor Pliscoff- “un cambio de gobierno que implica un cambio de signo político genera mucho menos impacto a propósito de los marcos normativos existentes de lo que lo que ocurría hace 10 o 15 años”.
“Existen los sistemas de administración pública más politizados, donde un mayor número de cargos son los que dispone la nueva autoridad elegida, en cambio hay otros donde se privilegia más bien la estabilidad y son muy reducidos los cambios que se pueden realizar. Creo que Chile se movió de uno altamente politizado a uno con mayor estabilidad”, complementó el académico.
Una de las razones por las cuales se ha producido este vuelco tiene que ver con el proceso de modernización del Estado.
Como explicó el profesor Pliscoff, “cuando hablamos de modernización del Estado lo que estamos pensando es cómo mejorar el funcionamiento y el desempeño de las instituciones públicas. No solo se refiere a cuántos ministerios hay, sino que a cómo podemos hacer las cosas mejor. Cuando tienes un alto índice de inestabilidad funcionaria -cuando puedes sacar gente a tu arbitrio-, eso afecta de manera muy importante el desempeño de las instituciones públicas, porque hay gente que lleva 5, 10 o 20 años, que, al sacarlos de la organización se pierde un conocimiento, entonces es el desempeño de la institución lo que se pone en entredicho”.
Es por ello que una de las respuestas institucionales fue la creación del Sistema de Alta Dirección Pública el año 2003, el cual, más de una década después, fue modificado.
Cambios en el Sistema de Alta Dirección Pública
Como calificó Cristian Pliscoff, con el Sistema de Alta Dirección Pública “teníamos un buen sistema de selección, pero con un alto nivel de inestabilidad. Eso generó una discusión en muchos sectores”, incluyendo al mismo Servicio Civil, organismo encargado de este sistema.
Como detalló Ariel Ramírez, con esta modificación a partir de la ley 20.955, “el presidente de la República sólo podrá nombrar en forma discrecional a 12 jefes de servicio. No obstante, podría pedirle la renuncia a todos los jefes de servicio que han sido seleccionados por el Sistema de Alta Dirección Pública, ya que siguen siendo de su confianza política, con la diferencia que no podría poner en su lugar a un nuevo jefe de su confianza, bajo la modalidad de "PyT" (provisional y transitorio) mientras se realiza un nuevo concurso, sino que debe reemplazarlo el funcionario que subroga legalmente. De esta forma. el ‘candidato’ del ministro o presidente podría llegar igual a la terna para ser nombrado, pero sin ejercer el cargo durante el concurso. Si los directivos seleccionados por ADP no pudieran ser removidos de sus cargos, salvo como resultado de una investigación que determine su responsabilidad administrativa, civil, penal o política, este sistema sería más robusto acercándose a países más avanzados en este ámbito, tales como Nueva Zelanda, Australia o el Reino Unido”.
Así, como concluye el profesor Moraga, el precedente que marca el dictamen de la Corte Suprema, “mientras no haya una consideración especial nueva que suponga una modificación, probablemente va a ser la jurisprudencia con la que vamos a vivir el próximo tiempo”.
A pesar de ello, como advirtió el académico, el fondo de este tema es que “falta es hacer un estudio cabal acerca del tipo de administración que queremos para Chile, y según lo que resulte de ese estudio podremos verificar la manera en cómo debe diseñarse desde la perspectiva legislativa esa nueva administración”, incluyendo otro de los temas a resolver, como es el alto número de funcionarios a honorarios en el Estado.
En definitiva, “tenemos que pensar qué tipo de administración pública queremos para el siglo XXI”.Texto: Francisca Palma Miércoles 21 de marzo de 2018